Corte de Santiago confirma fallo que condenó a autor de contratos simulados y estafa.
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a P.M.A. a dos sendas de 61 días de presidio, como autor de dos delitos de contrato simulado; más 61 días de presidio por estafa.
Penas que, por cumplirse en la especie los requisitos legales (contemplados en el artículo 4 de la Ley 18.216), fueron sustituidas por la remisión condicional por el lapso total de 183 días.
La sentencia sostiene que la causal invocada por la defensa, supone necesariamente un reconocimiento a los hechos fijados en la sentencia recurrida y que el error de los sentenciadores se produzca en la errónea aplicación del derecho.
Sin embargo, es posible advertir del tenor del recurso de nulidad impetrado que, lo que en realidad ha pretendido la parte recurrente es discutir en esta sede el hecho mismo asentado en la sentencia, tales como la existencia de perjuicios, la existencia de los ardides o la utilización de documento no auténtico, lo que no es propio de la causal aludida, que como viene dicho no admite por su naturaleza la alteración de los hechos establecidos en la sentencia.
La resolución agrega que los hechos establecidos contienen todos los elementos de los tipos penales en cuestión, los que además establecen la participación del condenado, conforme en extenso lo fundamenta la sentenciadora en los considerandos undécimo a décimo tercero, décimo sexto y décimo octavo, que esta corte comparte, siendo no menor el hecho que la sentencia incluso se hace cargo de las alegaciones de la defensa en extenso en su considerando noveno, todo ello después de desarrollar como dio por establecido los hechos constitutivos de los elementos de los tipos penales en cuestión.
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Fuente: Diario Constitucional