Educación en Chile

Educación en Chile; Primeros efectos de la Ley de Inclusión: total incertidumbre.

 

El Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), en su sección Temas Públicos, publicó el estudio “Primeros efectos de la Ley de Inclusión: total incertidumbre”.

“De las cifras se desprende que el futuro de nuestro sistema educativo, y de los cientos de miles de niños y jóvenes que de él dependen, es tremendamente incierto”.

 

El documento recuerda que hace algunos días se cumplió el plazo para que los establecimientos particulares subvencionados que se transformarán a particulares pagados o cerrarán el próximo año, informen la decisión a sus apoderados.

Asimismo, agrega el texto, la semana pasada se realizó en el Congreso una sesión especial para que la Ministra de Educación diera cuenta de los avances y efectos que está teniendo la ley que pone fin al lucro, al copago y cambia los mecanismos de selección en nuestro sistema educacional.

LyD expone que en ambas ocasiones la Ministra y otras autoridades del Ministerio de Educación manifestaron estar muy conformes con los resultados obtenidos hasta el momento, argumentando que una inmensa mayoría de los establecimientos educacionales se han acogido a la nueva ley y que si bien hay algunos establecimientos que han tomado la decisión de transformarse en particulares pagados o cerrar, estos son casos aislados que incluso podrían revertirse.

Sin embargo, arguye LyD, que si se hace un análisis un poco más detallado de las cifras que se han entregado es difícil mantener el optimismo, más bien se desprende de ellas que el futuro de nuestro sistema educativo, y de los cientos de miles de niños y jóvenes que de él dependen, es tremendamente incierto.

Luego, el documento menciona los cambios que se han producido desde el 2015.En el ámbito administrativo, la “Ley de Inclusión” establece cuatro restricciones especialmente relevantes:

  1. Desde el año 2018 todos los sostenedores de establecimientos particulares subvencionados deberán estar constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro.
  2. Desde el año 2023 los sostenedores deberán ser propietarios de la infraestructura en que se desarrollan las actividades pedagógicas (aquellos sostenedores que al 30 de junio de este año estuviesen constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, tendrán un plazo hasta el año 2027 para cumplir este requisito).
  3. A partir del año académico 2016, deberán cobrar como máximo el monto nominal del copago que cobraron el 2015. En la práctica esto significa que el copago irá disminuyendo año a año en términos reales. Si se considera una inflación del 3% anual, se tiene que en 10 años el monto del copago disminuirá en términos reales en aproximadamente un 26%.
  4. Cuando el valor de la subvención de gratuidad que crea esta ley (0,45 USE), sea equivalente en Unidades de Fomento (UF) al monto del copago, el establecimiento deberá adscribir al régimen gratuito.

LyD plantea que una de las principales preocupaciones de quienes se oponían a la aprobación de esta ley era que muchos establecimientos no estarían en condiciones de cumplir con las restricciones antes mencionadas y al mismo tiempo mantener la calidad y particularidad de sus proyectos educativos.

Esto generaría un incentivo a la transformación por parte de estos establecimientos al régimen particular pagado, lo que elevaría fuertemente el costo para las familias de educar a sus hijos e incluso las podría obligar a tener que cambiarse a otros establecimientos menos preferidos. Esto, indica, ha sido precisamente lo que ha comenzado a pasar desde el año 2015.

Ese año, detalla el documento, 22 establecimientos particulares subvencionados se transformaron en particulares pagados, y luego entre el año 2016 y lo que va del 2017, lo mismo sucedió con otros 146 establecimientos.

En total, más de 71.000 alumnos se han visto afectados, ya sea por la vía de tener que pagar una mensualidad mayor o por tener que cambiarse de establecimiento

A juicio de LyD, otro efecto negativo de la reforma que ya se puede vislumbrar es el ambiente de incertidumbre que prevalece en el ámbito educacional.

Este 31 de diciembre se vence el plazo para que los sostenedores de los establecimientos particulares subvencionados que quieren seguir funcionando como tales el próximo año, estén constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro.

En esa línea, especifica el documento, a la fecha sólo un 15% de los 4.975 establecimientos particulares subvencionados que tenían fines de lucro el 2015 han llevado a cabo la transformación, lo que se traduce en que más de un millón de estudiantes asisten a establecimientos particulares subvencionados que no estarían en condiciones de recibir la subvención del Estado el próximo año.

Sin embargo, expone LyD, esta cifra no fue informada por la Ministra al Congreso en la sesión especial realizada con el fin de analizar los efectos de la mencionada ley.

Manifiesta, que lo anterior es gravísimo, se trata de un 53% de la matrícula del sector particular subvencionado y de un 29% de la matrícula total que estaría en riesgo.

Concluye LyD señalando que a pesar que el Gobierno se muestra optimista frente a las primeras cifras sobre los cambios en la organización jurídica y administrativa de los establecimientos que antes de la aprobación de la “Ley de Inclusión” estaban funcionando como establecimientos particulares subvencionados, lo cierto es que éstas no son precisamente tranquilizadoras.

 

Ver: http://www.lyd.org/lyd/TemasPublicos/TP1313LEYINCLUSION.pdf

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